Order (Auto)September 9, 2026
A-1283 de 2026
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Topic · hard data
Sin Información
01
Topics and subtopics of the ruling
The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Sin información
Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02
What it decided
This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de nulidad presentada por �lvaro Jos� Lyons Villalba, en calidad de representante del I nstituto Colombiano de Cr�dito Educativo y Estudios T�cnicos en el Exterior Mariano Ospina P�rez (ICETEX), contra la Sentencia T-127 de 2026, por incumplimiento de la carga argumentativa, conforme con lo expuesto en esta providencia.
- Segundo. RECHAZAR la solicitud de adici�n de la Sentencia T-127 de 2026 presentada por �lvaro Jos� Lyons Villalba, en calidad de representante del I nstituto Colombiano de Cr�dito Educativo y Estudios T�cnicos en el Exterior Mariano Ospina P�rez (ICETEX), por incumplimiento de la carga argumentativa, conforme con lo expuesto en esta providencia.
- Tercero. Por intermedio de la Secretar�a General de esta Corporaci�n, COMUNICAR el contenido de esta decisi�n a las partes y terceros con inter�s e INFORMAR que contra este auto no procede recurso alguno. Comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado Ausente con excusa HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Por el cual se dicta el r�gimen procedimental de los juicios y actuaciones que deban surtirse ante la Corte Constitucional. [2] Acuerdo 01 de 2025, Por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional . [3] Integrada por el magistrado Miguel Polo Rosero y la magistrada Natalia �ngel Cabo. [4] Notificado mediante estado el 13 de agosto de 2025. [5] En el resolutivo decimoquinto del Auto del 29 de julio de 2025, la Sala de Selecci�n de Tutelas N�mero Siete de la Corte Constitucional decidi� �Por presentar unidad de materia, ACUMULAR entre s� los expedientes T-11.230.770 y T-11.247.078, con el fin de que sean repartidos conjuntamente a una misma sala de revisi�n, la cual determinar� si deber�n ser decididos en una misma providencia�. [6] Notificado mediante estado el 12 de septiembre de 2025. [7] Integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Mart�nez y el magistrado Jos� Fernando Reyes Cuartas. [8] Igualmente, en el resolutivo d�cimo
- primero. del Auto del 28 de agosto de 2025, la Sala de Selecci�n de Tutelas N�mero Ocho resolvi� acumular el expediente a los anteriormente seleccionados en conocimiento del magistrado sustanciador. [9] Igualmente, en el Auto de 10 de noviembre de 2025, el magistrado sustanciador orden� la vinculaci�n en sede de revisi�n de la CUC, del MEN y del MHCP �estos �ltimos ya vinculados en el expediente T-11.230.770�, conforme a los principios de prevalencia del derecho sustancial, tutela judicial efectiva y adecuada integraci�n del contradictorio. [10] En el resolutivo d�cimo del Auto del 10 de noviembre de 2025, el magistrado sustanciador comision� a la magistrada auxiliar Nelsy Carolina Murillo Junco, para que realizara una b�squeda en el sistema inteligente de la Corte Constitucional, con el prop�sito de identificar situaciones an�logas al presente caso, relacionadas con el no pago de subsidios de sostenimiento en el marco de renovaciones por giros adicionales de cr�ditos del ICETEX. [11] PretorIA es el sistema inteligente de inteligencia artificial de la Corte Constitucional de Colombia dise�ado para apoyar la selecci�n y el an�lisis de expedientes de tutela. [12] Se precisa que la Sala resolver� ambas solicitudes en una misma providencia, en atenci�n a que esta ha sido la pr�ctica reiterada de esta corporaci�n (Cfr. Corte Constitucional, Auto 103 de 2026). [13] En esta oportunidad, la Sala Plena de la Corporaci�n reiterar� parcialmente los postulados desarrollados en el Auto 995 de 2023, que neg� la solicitud de nulidad presentada contra la Sentencia SU-216 de 2022. [14] Corte Constitucional, autos A-255 de 2013, A-178 de 2016 y A-291 de 2016, entre otros. [15] Constituci�n, art�culo 243: � los fallos que la Corte dicte en ejercicio del control jurisdiccional hacen tr�nsito a cosa juzgada constitucional �. [16] Corte Constitucional, Auto 162 de 2003. [17] Corte Constitucional, Auto 238 de 2012, citando apartes del Auto 264 de 2009. [18] En el Auto 149 de 2008 este tribunal explic�: � Lo expuesto, significa que no es suficiente el expresar razones o interpretaciones diferentes a las de la Sala que obedezcan al disgusto o inconformismo del solicitante con la decisi�n adoptada�. [19] Corte Constitucional, Auto 102 de 2020. [20] Corte Constitucional, Auto 131 de 2004. [21] Corte Constitucional, Auto 047 de 2018. [22] Corte Constitucional, Auto 097 de 2013. [23] Cfr. Corte Constitucional, autos 654 de 2023, 009 de 2025, 272 de 2025, 078 de 2026 y 323 de 2026. [24] Corte Constitucional, Auto 1017 de 2024. [25] Corte Constitucional, autos 1017 de 2024, 1341 de 2024, 272 de 2025, 078 de 2026 y 323 de 2026. [26] Cfr. Corte Constitucional, autos54 de 2003, 220 de 2021,1017 de 2024, 009 de 2025, 272 de 2025 y 323 de 2026. [27] Corte Constitucional, autos 206 de 2023, 546 de 2024 y 1692 de 2024. [28] Corte Constitucional, autos 206 de 2023, 546 de 2024 y 1692 de 2024. [29] Ibidem. [30] Ibidem. [31] Ibidem. [32] Corte Constitucional, autos 327 de 2022 y 995 de 2023. [33] Corte Constitucional, autos 052 de 2019 y 995 de 2023. [34] Corte Constitucional, autos 912 de 2024 y 1270 de 2024. [35] Corte Constitucional, Auto 279 de 2019. [36] Ibidem. Trat�ndose de jurisprudencia en vigor de las Salas de Revisi�n, la Corte ha reiterado que �comporta una mayor exigencia en su acreditaci�n, pues implica demostrar que hay un precedente jurisprudencial consolidado� (Auto 394 de 2026). As�, esta Corporaci�n ha subrayado que las sentencias de tutela de las Salas de Revisi�n �solo constituyen �jurisprudencia en vigor� cuando integran una l�nea sostenida, uniforme
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03
The bench that decided
No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04
How it connects
This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.